| El instrumento de valoración será sometido ahora a informe de los órganos consultivos, y, una vez publicado en el BOE, los ciudadanos podrán solicitar una evaluación en los servicios sociales de su comunidad autónoma para determinar su grado y nivel de dependencia |
24 DE ENRO DE 2007
Gobierno y CC.AA. han dado el visto bueno al baremo estatal mediante el cual serán evaluados los ciudadanos para determinar su grado y nivel de dependencia. El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, ha presidido la reunión constitutiva del Consejo Territorial de la Dependencia, nuevo órgano creado por la Ley de Dependencia y formado por el Gobierno y las Comunidades Autónomas, y que deberá acordar en el plazo máximo de tres meses el desarrollo reglamentario de la norma.
El baremo acordado incluye las especificidades de los diferentes tipos de discapacidad (física, psíquica, mental o intelectual) para valorar la posible dependencia de los ciudadanos. Así, este instrumento de valoración identifica, según ha informado el Gobierno, el nivel y los problemas de desempeño que puedan tener los ciudadanos en su entorno habitual para realizar las actividades básicas de la vida diaria, así como el grado de supervisión y apoyo de otra persona requerido para estas tareas.
El documento técnico valorará una serie de actividades y capacidades para determinar el grado y n
ivel de dependencia. Así analizará la autonomía de las personas para comer y beber; regular la micción/defecación; lavarse, vestirse y otros cuidados corporales; desarrollar el mantenimiento de la salud; y diferentes actividades como sentarse, tumbarse, ponerse de pie, transferir el propio cuerpo mientras se está sentado y mientras se está acostado; desplazarse dentro y fuera del hogar; y tomar decisiones.
El instrumento de valoración establece una clasificación de niveles de autonomía personal y de necesidad de supervisión y/o apoyo para estas actividades con el objetivo de determinar el grado y nivel de dependencia de los ciudadanos. El ciudadano recibirá una evaluación de hasta 100 puntos que le definirá como persona dependiente en los siguientes grados y niveles: Grado I: 25- 49 puntos (Nivel 1: 25-39 y Nivel 2: 40-49); Grado II: 50-74 puntos (Nivel 1: 50-64 y Nivel 2: 65-74); y Grado III: 75-100 puntos (Nivel 1: 75-89y Nivel 2: 90-100). En la evaluación, se hará especial hincapié en las discapacidades intelectuales y mentales.
El instrumento de valoración definido por el Gobierno y las
Comunidades Autónomas será sometido ahora a informe de los órganos consultivos, y, una vez publicado en el BOE, los ciudadanos podrán solicitar una evaluación en los servicios sociales de su Comunidad Autónoma para determinar su grado y nivel de dependencia. Los equipos de valoración podrán realizar esta evaluación en el domicilio del solicitante.
En 2007, serán beneficiarios del Sistema de Dependencia los ciudadanos que se encuentren en una situación de gran dependencia (Grado III).
Menores de tres años
El Consejo Territorial de la Dependencia ha informado también favorablemente el instrumento de valoración específico para los menores de 3 años. En este caso, el baremo comparará el nivel de autonomía de un menor con relación al habitual en otra persona sana de la misma edad.
El instrumento de valoración establece tres grados de dependencia, al igual que lo hace el instrumento general, aunque sin niveles en cada grado, y regula revisiones de oficio a los 6, 12, 18, 24 y 30 meses. A los 36 meses los menores serían evaluados con el baremo general.
El baremo específico para menores de 3 años se centra en la evaluación de las variables de desarrollo de los menores, así como de las necesidades de apoyo en salud.
Fuente; Azprensa.com
![]() |
Atrás |